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Plan criticado
Posando para la foto
El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) instruyó a la Sagarpa a dar a conocer los contratos, acuerdos, pactos y autorizaciones relacionados con el hallazgo en Oaxaca de una variedad de maíz que, por sus características genéticas, puede producirse sin fertilizantes químicos, lo que implica la disminución en su costo de producción y también en los efectos e impacto ambiental y de salud.
En la sesión de este miércoles, el pleno avaló la ponencia de la comisionada Blanca Lilia Ibarra, quien señaló que el asunto es socialmente relevante porque permitirá conocer públicamente si la investigación realizada al respecto de dicho grano cumplió con los requisitos previstos en la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección Ambiental, sobre todo en lo que se refiere a la protección de los derechos de los pueblos originarios donde se llevó a cabo el estudio.
La investigación sobre dicha variedad de maíz fue efectuada en una comunidad indígena de la Sierra Mixe de Oaxaca, con técnicas ancestrales, a la par de la Universidad de Wisconsin Madison, Estados Unidos, así como el Instituto Tecnológico del Valle de Oaxaca y diversas empresas privadas.
Detalló que el solicitante de la información tuvo interés en conocer la parte jurídica y procedimental llevada a cabo entre las autoridades federales mexicanas, a efecto de estar en condiciones de regularizar y, en su caso, registrar el producto y la investigación atinente en condiciones de seguridad jurídica.
En una primera respuesta, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) se declaró incompetente para atender la solicitud, bajo el argumento de que ello le correspondía al Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semillas, un órgano desconcentrado de esa dependencia, lo que fue reiterado en los alegatos del recurso de revisión.
Sin embargo, el análisis determinó que la autoridad nacional competente para emitir permisos de acceso a recursos genéticos mexicanos de cualquier especie domesticada con fines de agricultura y alimentación es la Sagarpa, a través del Servicio Nacional de Inspección y Certificación de Semilla.
“Además, con el propósito de instrumentar el Protocolo de Nagoya en nuestro país, se estableció un grupo intersecretarial en el que se encuentra la citada dependencia y el órgano desconcentrado para la participación justa y equitativa en los beneficios que deriven de la utilización de los recursos genéticos”, en el caso específico de la investigación referida, expuso la comisionada.
De acuerdo con Ibarra Cadena, la dependencia omitió realizar una búsqueda exhaustiva sobre la materia de la solicitud, por lo que el agravio hecho valer contra la incompetencia es fundado, “de ahí que lo procedente sea revocar la respuesta e instruirle a la Sagarpa que asuma competencia y también que se pronuncie sobre el acceso a la documentación correspondiente”.
Recordó que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que, en el caso específico de los pueblos indígenas y tribales, los Estados tienen la obligación específica de consultar y garantizar su participación en las decisiones de cualquier medida que afecte sus territorios.
“Resulta evidente que existe un interés público de que se transparenten las condiciones legales en las que se llevó a cabo esta investigación de los recursos genéticos, no sólo por la seguridad que debe existir para la conservación y explotación sostenible, sino que implica que se respeten los derechos de la población indígena, esto es, que sea patente su consentimiento que otorgó para su realización”, puntualizó.
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