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Cuando un político promete todo el peso de la ley, por lo general son palabras vacías, demagogia. En el caso de gobernantes que, más que gobernantes son políticos, esas palabras suelen ser un escape ante una situación que se les va de las manos, algo que necesitan tapar rápido para que parezca que están haciendo todo por solucionarlo. La primera sentencia penal por agresiones al sector salud lleva a reflexionar al respecto.
Una situación de ese tipo de decisiones demagógicas nos pasó cuando algunas personas agredieron a empleados del sector salud, distinguiéndonos ante el mundo como sociedad por lastimar a quienes en otras latitudes han sido tratados como héroes.
La respuesta fue inmediatamente condenar los ataques y mediatizar las medidas reactivas: la creación de la agencia del ministerio público especializada, la instauración de una red de transporte seguro, una reforma exprés para endurecer las penas. Algo que saliera en las noticias.
Estamos en una emergencia nunca antes vista por su escala global y por la rapidez de su propagación, por lo que era necesario actuar de inmediato. Lo que no era necesario era hacer aspavientos de más ni promesas punitivas que no son acordes con las leyes ni con la realidad.
La persona sentenciada por delitos contra la dignidad de las personas en agravio de una mujer que vestía como enfermera cuando fue agredida el 21 de abril recibió una condena de 20 jornadas de trabajo a favor de la comunidad y la reparación del daño para la víctima, consistente en pagar sus terapias psicológicas.
El delito fue cometido antes de que el 28 de abril quedaran publicadas las reformas que duplicaban los castigos de un tipo penal que había sido legislado desde 2014 en el artículo 202 bis del Código Penal para el Estado de Jalisco. Un tipo penal que, por cierto, no tuvo una sola sentencia de 2014 a 2018. El gobierno se ha atribuido una sentencia fácil de un delito que antes no había procurado castigar. Aun así, el responsable no recibió una pena ejemplar, ni siquiera la pena mínima.
El sentenciado Oscar N, conductor de un camión de la ruta 371, optó por un procedimiento abreviado aceptando su responsabilidad penal para acceder a una sentencia reducida. Aceptó que le había negado el acceso al transporte público de manera despectiva alegando que infectaría a los pasajeros. Así, en vez del mínimo de 30 y máximo de 100 jornadas de trabajo a favor de la comunidad le fueron impuestos 20 días de voluntariado en la Secretaría de Salud Jalisco; la sanción alternativa al trabajo comunitario eran 50 a 100 días de multa.
En términos de legalidad y de derechos humanos era urgente impedir que las personas del sector salud sufrieran más vejaciones a manos del prejuicio de algunos, pero la vía penal no era la solución ni lo es. Se trata de una reacción necesaria, mas no suficiente ante la intransigencia y la ignorancia de un pueblo en crisis.
La solución sería un diagnóstico inicial de las condiciones que han propiciado esa intolerancia para plantear políticas públicas que impidan su repetición. No por la vía punitiva disuasiva, sino a través de la educación y los valores cívicos.
El tipo penal que había entrado en vigor el 8 de abril de 2014 no necesitaba remiendos ni adiciones, sino una reflexión. Una reflexión de cómo hemos fallado como sociedad ante una pandemia que debería sacar lo mejor de las personas: la solidaridad, la empatía, el agradecimiento y no los impulsos más viles.
Esas personas que acusadas de delitos contra el personal de salud tendrían que ser el origen de una política de comprensión y compasión, más que todo el peso vacío de la ley y las reformas inútiles.
Twitter: @levario_j
jl/I