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Ingenuos
El abogado de Ovidio
Camila y su compañera Nínive son lo más importante, más que los cristales rotos de la Secretaría de Educación Jalisco. La integridad y la salud de las niñas que fueron violentadas en su escuela, su dignidad.
De Camila se ha dado a conocer más información acerca de su condición de víctima que de Nínive, pero ambas merecen toda la atención de la sociedad y, especialmente, de las autoridades educativas, de procuración de justicia y de atención a personas que han sufrido delitos.
Y es que familiares de Camila ya habían realizado una manifestación pacífica a finales de mayo frente a palacio de gobierno para exigir que se le atienda como víctima de un delito y de omisiones para garantizar su cuidado. Ellos habían optado por apegarse a un proceso legal y pacífico, esperar que haciendo público el caso hubiera una respuesta de parte de las instituciones del Estado que tienen competencia sobre la situación. Pero no la hubo. Quedó relegada.
Fue hasta que un grupo de mujeres feministas alzaron más que la voz, recurriendo a un quebranto de la ley para expresar el reclamo por la indignación que ha provocado la situación, que hubo alguna respuesta de parte de la secretaría para explicar un poco en qué va todo el asunto. Pero el comunicado se enfoca en acciones reactivas para sancionar las omisiones del personal docente involucrado, sin expresar en absoluto la atención que se debería dar a las víctimas.
La secretaría se limitó a informar que las niñas que sufrieron agresión física, psicológica y sexual, así como que las agresoras fueron reubicadas en otras escuelas. Una palabra siembra algo de duda cuando dicen “madres de familia denunciaron que sus hijas presuntamente fueron víctimas”. No se les puede dar tratamiento de presuntas víctimas. La presunción es asunto de la autoridad jurisdiccional para calificar la responsabilidad de una persona señalada por algún acto sancionable y, en el marco del derecho actual, se aplica, en todo caso, la presunción de inocencia. Es decir, que las víctimas son víctimas y los acusados son inocentes hasta que se demuestre lo contrario.
Todas las acciones legales deben ser encaminadas a proteger a las víctimas y la inocencia de las personas acusadas, algo difícil en algunos sentidos porque el derecho de ambas partes puede entrar en conflicto, pero para ello existen leyes garantistas que procuran ese equilibrio. En este caso, la secretaría ha admitido que cuatro servidores públicos incurrieron en responsabilidad administrativa por sus omisiones y ahí ya no hay lugar a dudas: la presunción de victimización no tiene sentido. Lo que queda pendiente es la posible sanción penal.
Pero los docentes no sólo fallaron en sus obligaciones de proteger a las víctimas, sino en proteger a las niñas que las violentaron. Como infantes menores de edad no pueden incurrir en responsabilidad penal y deben ser protegidas porque sus actos son expresión de algo que está dañado en su psique. Hay un problema de fondo que no se ha atendido ahí, que es lo que provocó la agresión. En ese sentido, las niñas que cometieron los actos de violencia también son víctimas de un sistema que no les ha dado la atención necesaria. Sus padres deberían recibir orientación y apoyo también para que atiendan a las menores de edad. No basta con cambiarlas de plantel.
Por ello es que los actos de vandalismo y daños de las integrantes del colectivo feminista tienen una gran relevancia. Son un grito para que la sociedad entienda que ese caso es una muestra de las fallas latentes del sistema de educación, de las autoridades de procuración de justicia y de la comunidad que debería proteger a las niñas.
@levario_j
JB