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Y resolver Magistraturas
A creerle
Uno de los temas en los que más existe debate es la interrupción legal de embarazo, debido a su estigmatización, restricción y conceptualización como un tipo penal. La Organización Mundial de la Salud (OMS) calcula que cada año tienen lugar 25 millones de abortos inseguros, que pueden dar lugar a muertes maternas y discapacidad; así mismo, considera que los abortos inseguros son la tercera causa de muerte materna evitable en el mundo.
La discusión debe partir del derecho a la autonomía corporal que consiste en tener el poder y la capacidad de decidir sobre nuestros cuerpos y futuro, sin violencia ni coacciones; incluye la decisión de tener relaciones sexuales, cuándo o con quién, así como si deseamos quedar embarazadas, lo que significa también la posibilidad de interrumpir el embarazo. Sin embargo, muchas personas, especialmente las pertenecientes a comunidades históricamente marginadas, hacen frente a condiciones sociales, económicas y políticas como un obstáculo para ejercer la autonomía reproductiva.
En este sentido las leyes restrictivas y punitivistas no son el único factor que impide a las mujeres y personas gestantes plantearse la interrupción del embarazo, ya que existe una carga moral, social, incluso económica que no nos permite esa posibilidad. Por eso el acceso al aborto sin riesgos es una cuestión de salud pública y una parte fundamental de nuestro derecho a la salud. En contextos donde el aborto está penalizado, las mujeres y personas gestantes que se encuentran en desigualdad y pobreza se ven obligadas a recurrir a procedimientos clandestinos que ponen en riesgo su vida.
La OMS y la ONU se han pronunciado respecto a los riesgos de criminalizar el aborto; la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha subrayado que la autonomía de las mujeres sobre sus cuerpos y decisiones reproductivas son un aspecto esencial de los derechos humanos. Limitar el acceso al aborto es una forma de violencia institucional y perpetúa la desigualdad de género.
Jalisco es la entidad número 14 en reformar su legislación para permitir el aborto libre, como resultado del dictamen de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del 2023, que ordenaba derogar el delito de interrupción del embarazo en el estado. En este año el Segundo Tribunal Colegiado en materia penal del Tercer Circuito determinó inconstitucionales los artículos que prohibían de forma absoluta la interrupción legal del embarazo en el Código Penal.
A pesar de estas resoluciones las y los legisladores decidieron al final de la legislatura discutir y aprobar la interrupción legal del embarazo; esto, más por la presión legal que implicaba, que en realidad por voluntad política; eso se vio reflejado en la votación por cédula y el cabildeo de cargos públicos y de posiciones, lo que ensucia el proceso que aun cuando representa un avance debemos reconocer que la intención del legislativo no fue con una visión de ampliación de los derechos de las mujeres y personas gestantes, sino un acto político forzado que deja mucho que desear en el actuar de las y los diputados, y que en muchos casos fue una bandera de sus promesas de campaña.
*Doctora en Derecho
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jl/I