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Recientemente la Cámara de Diputados aprobó las leyes generales de transparencia, acceso a la información pública y de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los particulares y reforma al artículo 37 de la ley orgánica de la administración pública federal.
La regulación secundaria plantea la sustitución del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales por el Sistema Nacional de Acceso a la Información Pública, así como la creación del órgano denominado “Transparencia” para el pueblo, el cual coordinará y evaluará las acciones relativas a la política pública de transparencia y acceso a la información. Con ello se destruyeron 20 años de construcción de instituciones y leyes robustas en materia de transparencia, incluso de la implementación de buenas prácticas internacionales y regionales.
Existen precisiones que realizar. La primera es que esta reforma amplía las causales de reserva de la información y con ello se vulnera el principio de máxima publicidad; de igual forma se disminuye la estructura institucional y la legislación de transparencia. Esta reforma es una regresión grave y crea incertidumbre en si el nuevo sistema efectivamente tendrá la capacidad de respuesta y seguridad jurídica, respeto al derecho a la información y protección de datos; el proceso legislativo de la reforma en materia de transparencia se realizó sin la participación de la ciudadanía, omitiendo foros de consulta o parlamento abierto. También preocupa la ausencia de lineamientos claros para el mantenimiento, seguimiento y continuidad de la Plataforma Nacional de Transparencia, así como para la protección de los datos históricamente archivados ahí por 10 años, lo cual genera incertidumbre sobre su resguardo y acceso a dicha información a largo plazo.
Como ya se vaticinaba se decidió eliminar el órgano autónomo de transparencia (Inai), el cual en su momento se diseñó y estructuró como un contrapeso institucional, y como el ejecutor de la política pública que garantizará el derecho de acceso a la información; hoy su desaparición genera el debilitamiento de los controles democráticos y restringe de la manera importante la vigilancia de las personas sobre el uso de los presupuestos y propicia decisiones gubernamentales arbitrarias y discrecionales.
La propia Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha expresado su inquietud por esta reforma en el modelo institucional y ha cuestionado al Estado mexicano sobre cómo garantizará la independencia e imparcialidad del nuevo esquema sin la existencia de un organismo autónomo.
De igual forma la Organización de las Naciones Unidas (ONU) calificó como “especialmente preocupante” la desaparición del Inai como órgano autónomo. Señaló que dividir sus atribuciones entre distintas instancias generaría una afectación sustantiva a los derechos constitucionales de la sociedad, debilitando la democracia, la transparencia y la protección de datos personales.
Con estas modificaciones, la opacidad se institucionaliza, permitiendo que información sobre temas estratégicos, megaproyectos y procesos administrativos queden fuera del alcance de la ciudadanía, complicando el derecho a saber y limitando la capacidad de la sociedad para exigir rendición de cuentas.
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