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Violación de la representación diplomática

El periodo vacacional que para muchos acaba de terminar no disminuyó la intensidad de eventos con una nutrida y variada pléyade de acontecimientos que marcan, de forma importante, el desarrollo de la reactivación general. Justamente, la semana pasada, tras una serie de desencuentros diplomáticos entre México y Ecuador, en la que la línea discursiva se mantuvo con tensiones, sobre la vía diplomática tras la controversia relacionada con la admisión de asilo político del ex vicepresidente de ese país Jorge Glass, sobre quien pesa una denuncia por corrupción y quien, desde diciembre pasado, solicitó la admisión por el gobierno mexicano al señalarse como perseguido político en el país sudamericano.

Independientemente de las diferencias de interpretación sobre el estatus del ex vicepresidente, que se desarrollaron por la vía diplomática, se profundizó sobre esas discrepancias, con comentarios agudos por las dos partes, pero estando todo dentro de los límites de desarrollo por la vía diplomática. El cambio radical lo escenificó el viernes pasado el gobierno ecuatoriano al invadir de forma ilegal y armada la representación diplomática mexicana.

La irrupción del gobierno ecuatoriano se genera violando la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas del 18 de abril de 1961 y que entró en vigor el 24 de abril de 1964. En esa convención se señala que “estimando que una convención internacional sobre relaciones, privilegios e inmunidades diplomáticos contribuirá al desarrollo de las relaciones amistosas entre las naciones, prescindiendo de sus diferencias de régimen constitucional y social”.

Se trata de un nuevo capítulo que involucra a instancias internacionales en las que, al margen de la razón o no del gobierno mexicano al admitir la solicitud de asilo, también vista en los mismos términos de la convención, así como de la Agencia de la ONU para Refugiados, tienen un marco institucional para revisar el caso, circunstancia que de ninguna manera legítima la intervención armada de las fuerzas militares locales en contra de las convenciones internacionales que ambos países se han dispuesto a acatar.

El gobierno ecuatoriano debería tener presente que en el caso de Julien Assange, polémico personaje fundador de WikiLeaks, logró, en su primer momento, el asilo político de la embajada ecuatoriana en Inglaterra. De esta forma, estuvo siete años en la embajada de Ecuador en Londres, hasta que, con la autorización del Estado del país sudamericano, Scotland Yard entró y lo arrestó.

Esta acción constituye una escalada de violaciones a soberanías que con los hechos, plantean un escenario internacional complejo porque, bajo la justificación de seguimiento de un sospechoso, se determina la invasión territorial hacia una soberanía, pactada como inviolable en los tratados internacionales y aceptados por los dos países, bajo el pretexto de hacer un seguimiento de una causa en el país receptor. Sin embargo, bajo la misma dimensión, la solicitud de asilo corresponde determinarla al gobierno que recibe la solicitud en su delegación diplomática correspondiente. De esta forma, se vulneran las garantías de acción internacional pactadas entre los gobiernos y la fortaleza diplomática no puede quedar en una vulnerabilidad que dependa del ánimo y capricho de los titulares de gobierno.

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